Esquema de paradas

lunes a viernes laborables-

Línea 19 De Miranda de Ebro a Vitoria/Gasteiz
Origen MIRANDA DE EBRO-Estacion-C/Ronda de Ferrocarril nº1
RIVABELLOSA- Los Fueros, nº10
LA PUEBLA DE ARGANZON
VITORIA/GASTEIZ -Portal de Castilla, nº67
VITORIA/GASTEIZ-Juzgados, avenida gasteiz
VITORIA/GASTEIZ-Bastiturri/avenida gasteiz
VITORIA/GASTEIZ – Estación de autobuses-Plaza Euskaltzaindia s/n

lunes a viernes laborables-

Línea 19 De Vitoria/Gasteiz a Miranda de Ebro
Origen VITORIA/GASTEIZ – Estación de autobuses-Plaza Euskaltzaindia s/n
VITORIA/GASTEIZ-Bastiturri, avenida gasteiz
VITORIA/GASTEIZ-Juzgados, avenida gasteiz 21
VITORIA/GASTEIZ -Portal de Castilla, nº80
LA PUEBLA DE ARGANZON
RIVABELLOSA- Los Fueros, nº10
MIRANDA DE EBRO- Logroño nº42
MIRANDA DE EBRO-Estacion-C/Ronda de Ferrocarril nº1

* los  horarios de paso son aproximados (consultar horarios)

Esta línea dispone de su propio reglamento. “Reglamento de servicios de las líneas de transporte regular de viajeros por carretera de uso general titularidad de la Diputación Foral de Alava ”

Horarios y tarifas

Líneas/Recorridos Compañía Horarios
L-19 Vitoria-Gasteiz>Miranda de Ebro La Unión, S.A PDF

Reserva la Tarjeta BAT

Títulos de transporte y formas de pago

  • Los títulos de transporte válidos son la Tarjeta Bat y el billete ocasional. La tarjeta Bat se adquiere en las oficinas de Euskotren en la calle Sancho el Sabio o se recarga en las máquinas de Euskotren, hay una en la Estación de Autobuses de Vitoria-Gasteiz.
  • El billete ocasional se compra en el propio autobús. Pago en metálico. No se admiten importes superiores a 20 euros.
  • Los niños y niñas menores de cinco años viajan de forma gratuita, deberán disponer de billete (que facilitará el conductor por importe cero). Asimismo viajarán de forma gratuita las personas acompañantes de viajeros con discapacidad visual o con movilidad reducida que requieran de asistencia personal para sus desplazamientos. Ver transporte de menores. Ver artículo 10 del Reglamento
  • Accesibilidad: la empresa operadora estará obligada al cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad en los transportes públicos.Con el fín de garantizar la plaza en el horario deseado la empresa recomienda realizar la reserva de plaza con un antelación de 24 horas. Dicha notificación la puede realizar por teléfono en el Servicio de  Atención al cliente 945 26 46 26 o de manera presencial en la taquilla de la Estación de autobuses de Vitoria-Gasteiz. En ambos casos el horario es  de lunes a viernes de 6:15 a 21:55 de manera ininterrumpida, los sábados de 8:00-13:30 y 15:30-19:30 horas y los Domingos/festivos de 8:00/13:45 y 14:30/21:45 horas.Igualmente si el viajero requiere de una silla de ruedas la puede solicitar por el mismo canal o de manera presencial en la Taquilla de Vitoria-Gasteiz.
  • Únicamente se procederá a la devolución del importe del billete cuando se suspenda un servicio antes de su inicio. Ver artículo 9 del Reglamento.
  • Transporte de grupos, los grupos de diez o más personas que deseen viajar en las líneas regulares donde no exista venta anticipada de billetes, deberán avisar a la empresa prestataria del servicio con una antelación mínima de una semana. Ver artículo 11 del Reglamento.
  • Bultos y equipajes, ver artículo 12 del Reglamento
  • Transporte de coches y sillas infantiles, los coches o sillas infantiles deberán ir obligatoriamente en la bodega. No se abonará por el viajero recargo alguno por portar coches o sillas. Ver artículo 13 del Reglamento
  • Transporte de bicicletas, previo aviso a la compañía de autobuses adjudicataria de cada concesión realizado en la víspera de la fecha en la que se desee viajar y las condiciones del vehículo así lo permiten para el trayecto correspondiente, se podrán transportar bicicletas únicamente en la bodega del autobús. Únicamente se admitirá el transporte de una única bicicleta por pasajero. Este transporte se realizará de forma gratuita. Ver artículo 14 del Reglamento
  • Acceso de animales, únicamente a bordo del autobús los perros guía y de asistenca que acrediten estar autorizados para estas funciones por centros homologados. Resto consultar artículo 15 del Reglamento