Condiciones Generales
Responsabilidad
La responsabilidad del transportista incumbe a la empresa que realiza efectivamente el servicio. La empresa transportista no responderá de los incumplimientos que no le sean directamente imputables, ni de los producidos por caso fortuito, fuerza mayor, o por atender exigencias legales o administrativas. Del mismo modo, no se hace responsable de las pérdidas de enlace de sus servicios con otros transportes, propios o ajenos.
Equipajes
El viajero tiene derecho a transportar gratuitamente hasta 30 Kgs. de equipaje. El exceso deberá ser abonado según la cuantía que por tarifa corresponda, en caso de facturación del equipaje, la empresa hará entrega del correspondiente resguardo.
En caso de pérdida o deterioro del equipaje transportado, será imprescindible efectuar la reclamación inmediatamente a la llegada, exhibiendo el billete y en su caso, el resguardo de facturación.
La responsabilidad del transportista estará limitada como máximo a 14,50 Euros por kg. (Art. 3 R.D. 1136/1997). El transportista no responderá de los daños, pérdidas o averías que sufran los bultos de mano u otros objetos no confiados a su custodia.
El equipaje deberá transportarse en la bodega del autobús, pudiéndose portar objetos de pequeño volumen o bultos de mano, siempre que no supongan molestias y peligro para otros viajeros y debidamente colocados en las bandejas de la parte superior de los asientos, nunca en los pasillos o entre las piernas.
Bicicletas
Las bicicletas se deberán facturar para que puedan viajar en el autobús.
La facturación de la bicicleta se hará en la taquilla.
Primero se acomodará el equipaje de los viajeros en la bodega del autobús, y a continuación la bicicleta.
Si no hubiese espacio en la bodega del autobús la bicicleta viajará en el primer autobús en el que pueda ir
La bicicleta deberá estar con las ruedas desmontadas y el cuadro debidamente embalado.
Anulación de billetes
En caso de anulación, se devolverá al viajero el importe del billete deduciendo un 10% si se solicita con al menos 48 horas de antelación a la salida del servicio y un 20% si es solicitada entre las 48 y las 2 horas anteriores a la salida del autobús.
No se procederá a la anulación, ni por consiguiente a la devolución de su importe dentro de las 2 horas inmediatas anteriores a la salida del autocar.
La no presentación del viajero en el lugar y momento de la salida conllevará la pérdida del viaje y no dará derecho al cambio del billete o devolución de su importe.
Cambio de billetes
El cambio en la fecha del viaje solamente es posible si se solicita al menos 2 horas antes del inicio del servicio y estará condicionado a la existencia de plazas disponibles en la nueva fecha solicitada.
Servicios de refuerzos
La Empresa se reserva la posibilidad de realizar el servicio mediante vehículos de empresas colaboradoras cuando las circunstancias así lo requieran, y en particular, para hacer frente a intensificaciones de tráfico.
Menores
Todos los viajeros computan como tales y deberan obtener un billete para viajar en el autobús.
En las lineas de La Union y La Burundesa, cuando un adulto viaje con un niño menor de 4 años, si quiere que ocupe plaza deberá abonar el billete de la tarifa correspondiente. Si no quiere abonar el billete deberá presentar documento acreditativo de la edad del menor y solicitar un billete gratuito, en este caso el menor viajará en brazos del adulto.
Animales de compañía
La ley prohíbe el transporte en el interior del vehículo de cualquier animal a excepción de los perros lazarillos. Para el resto de los viajeros que deseen viajar con animales de compañía (perros o gatos) no se dispone de un lugar especialmente habilitado a tal fín sino que se destina la bodega del autobús, lugar para transportar el equipaje de los viajeros. En este caso el animal que viajará con el resto del equipaje, deberá ir colocado en una jaula acondicionada por el propio viajero, sin que la empresa asuma responsabilidad alguna en caso de daño causado al animal durante el trayecto.
Prohibiciones
Queda absolutamente prohibido fumar en el vehículo (Art. 6 R.D. 1293/1999), así como comer, o toda acción que pueda implicar deterioro o causar suciedad en los vehículos.
Realizar sin causa justificada, cualquier acto susceptible de distraer la atención del conductor o entorpecer su labor cuando el vehículo se encuentre en marcha.
Todo comportamiento que implique peligro para la integridad física de los demás usuarios o pueda considerarse molesto u ofensivo para estos o para el personal de la empresa transportista o de la que preste servicios en la estación de autobuses.
Desatender las indicaciones que formule el personal de la empresa titular de la correspondiente concesión o autorización en relación con la correcta prestación del servicio y las condiciones de seguridad que deban observarse durante el mismo, así como lo indicado a tal fin en los carteles colocados a la vista en los vehículos o estaciones de transporte.
Libro de Reclamaciones
Existe un libro de reclamaciones a disposición del viajero en las taquillas de la compañía.


